La Virgen María fue Asunta al Cielo en Cuerpo y Alma 
Agosto 15
Agosto 15
Asunción significa que María fue llevada en cuerpo y alma al cielo por el 
poder de Dios, a diferencia de la Ascensión del Señor que lo hizo por su propio 
poder.
LA DEFINICIÓN DOGMÁTICA
El Papa Pío XII, en la Bula Munificentissimus Deus, del 1-XI-1950, proclamó 
solemnemente el dogma de la Asunción de María con estas palabras:
Pronunciarnos, declaramos y definimos ser dogma divinamente revelado que la 
Inmaculada Madre de Dios, siempre Virgen María, cumplido el curso de su vida 
terrena, fue asunta en cuerpo y alma a la gloria celeste” (DZ. 2333).
EXPLICACIÓN DEL CONTENIDO DEL DOGMA
De la definición pontificia conviene destacar dos aspectos 
importantes:
1° Que la Asunción de María ocurre inmediatamente después del término de su 
vida mortal y,
2° se hace hincapié en la glorificación de su cuerpo más que en la gloria 
de su alma, como se explicará a continuación.
Cumplido el curso de su vida terrena
La Asunción de María ocurre inmediatamente después del término de su vida 
mortal, así pues, para entender correctamente esta frase hay que considerar las 
siguientes cuestiones:
a) el significado de la fórmula;
b) la intención del Papa al usar dicha fórmula y no otra y,
c) las posibles conclusiones.
a) La fórmula significa que la Asunción de María no hay que aplazarla hasta 
el final de los tiempos, como sucederá con todos los hombres, sino como hecho 
que ya ocurrió; y, además que el cuerpo santísimo de la Virgen no sufrió 
descomposición alguna, como ocurre con los cadáveres.
b) El Papa quiso prescindir de la cuestión de la muerte de María en la 
fórmula definitoria, y por ello la expresión utilizada es igualmente válida, 
tanto si se entiende que la Virgen murió al final de su vida terrena, cuanto si 
se piensa en la glorificación del cuerpo mediante la donación de la inmortalidad 
gloriosa sin pasar por la muerte.
c) En la Bula aparece repetidas veces el tema de la muerte de María, pero 
ello ?estudiado bien el texto? no favorece ni niega la postura contraria. Hay 
que decir, en resumen, que aún no se ha llegado a una solución definitiva sobre 
este punto.
La glorificación celeste del cuerpo de Santa María
Este es el elemento esencial del dogma de la Asunción. Enseña que la 
Virgen, al término de su vida en este mundo, fue llevada al cielo en cuerpo y 
alma, con todas las cualidades y dotes propias del alma de los bienaventurados e 
igualmente con todas las cualidades propias de los cuerpos gloriosos. Se trata, 
pues, de la glorificación de María, en su alma y en su cuerpo, tanto si la 
incorruptibilidad y la inmortalidad le hubieren sobrevenido sin una muerte 
previa como si le hubiesen sobrevenido después de la muerte mediante la 
resurrección.
Una vez visto el contenido del dogma, con más fuerza y claridad se aprecia 
el hincapié que se hace sobre la glorificación corporal de María – más que la de 
su alma- , si tenemos en cuenta lo siguiente:
a) María estuvo exenta de todo pecado: del original y del actual;
b) tuvo la plenitud de gracia y santidad correspondientes a su condición y 
dignidad de ser la Madre de Dios;
c) el premio o castigo del alma ?para todo hombre? es inmediato a la 
muerte.
Por consiguiente, resulta sencillo entender que el premio del alma de María 
?por su excelsa santidad? estaba ya decidido, esto es, su glorificación; por 
ello, resultaría supérflua la definición si no tratara sobre todo de la 
glorificación inmediata del cuerpo, que es en lo que consiste el privilegio de 
la Asunción.
Escribía Pablo VI: “Nuestra aspiración a la vida eterna parece cobrar alas 
y remontarse a cimas maravillosas, al reflexionar que nuestra Madre celeste está 
allá arriba, nos ve y nos contempla con su mirada llena de ternura” (Discurso, 
15?VIII 1963).
El Concilio Vaticano II se expresa de modo semejante cuando dice: “1a Madre 
de Jesús, de la misma manera que, glorificada ya en los cielos en cuerpo y alma, 
es imagen y principio de la Iglesia que habrá de tener su cumplimiento en la 
vida futura, así en la tierra precede con su luz al peregrinante Pueblo de Dios 
como signo de esperanza cierta y de consuelo, hasta que llegue el día del Señor” 
(Const. dogm. Lumen gentium, n.68; cfr. Sacrosanctum Concilium, n.103).
FUNDAMENTOS O RAZONES DE ESTE DOGMA
La definición pontificia sobre la Asunción de María estuvo precedida, desde 
muchos siglos atrás, de múltiples razones teológicas y testimonios que llevaron 
– en su momento – a la feliz proclamación de este dogma mariano. Las principales 
razones fueron las siguientes.
La creencia universal de la Iglesia
Desde los primeros siglos hasta nuestros días, la unanimidad de la fe del 
pueblo cristiano, quedó de manifiesto con la respuesta unánime y afirmativa de 
todos los obispos del mundo -que a su vez representaba al pueblo fiel de todo el 
orbe-, a la consulta que sobre la definibilidad de la Asunción de María hiciera 
el Papa Pío XII en el año de 1949 (cfr. DZ. 2332).
El testimonio de los Padres
La Tradición de la Iglesia, expresada en sus Padres y Doctores, pone de 
manifiesto su intuición y su fe en esta ver dad, la cual se refleja 
ejemplarmente en los autores que enseguida se citan.
San Juan Damasceno, en el siglo VII, escribe: “convenía que aquella que en 
el parto había conservado íntegra su virginidad, conservase sin ninguna 
corrupción su cuerpo después de la muerte; convenía que aquella que había 
llevado en su seno al Creador, hecho niño, habitara en la morada celeste; 
convenía que la Esposa de Dios entrara en la casa celestial; convenía que 
aquella que había visto a su Hijo en la Cruz, recibiendo así en su corazón el 
dolor de que había estado libre en el parto, lo contemplase sentado a la diestra 
del Pa dre; convenía que la Madre de Dios poseyera lo que corresponde a su hijo 
y que fuera honrada como Madre y esclava de Dios por todas las criaturas 
(Homilía en la dormición de la Virgen: PG 96,742).
San Germán de Costantinopla, del siglo VII: “Así como un hijo busca y desea 
estar con la propia madre, y la madre ansía vivir con el hijo, así fue justo 
también que Tú, que amabas con un corazón materno a tu Hijo y Dios, volvieses a 
Él. Y fue también muy conveniente que Dios, que te amaba como Madre suya, te 
hiciere partícipe de la comunidad de vida con Él mismo. De esta forma, Tú, 
habiendo sufrido la pérdida de la vida, propia de las cosas caducas, has 
emigrado a las mora das que durarán por los siglos, allí donde mora Dios, junto 
al que Tú vives, oh Madre de Dios, sin separarte de su compañía” (Homilia in 
Dormitionem B.V. Mariae).
Recogiendo la doctrina de sus predecesores, Juan Duns Scoto, en el siglo 
XIV, podía afirmar: “Convenía, Dios podía hacerlo, luego lo hizo” (In III 
sententiarum, dist. III, q.1; cfr. DZ. 2331).
Los grandes privilegios marianos
El fundamento del dogma de la Asunción de María se desprende y es 
consecuencia de los anteriores dogmas marianos. En efecto, si por la plena 
asociación de María a la persona y a la obra de su Hijo se debió su redención 
anticipada; por esa misma razón, convenía también su glorificación anticipada, 
su asunción corporal, como veremos enseguida.
a) Por su Inmaculada Concepción
Puesto que María – por su Inmaculada Concepción -  estuvo exenta de todo 
pecado, no quedaba sujeta a la ley de padecer la corrupción del sepulcro – 
castigo del pecado – ni, por consiguiente, tampoco tenía necesidad de esperar la 
redención de su cuerpo hasta el fin del mundo.
Si la resurrección es el triunfo y el trofeo de la Redención, a una 
redención preventiva y anticipada, como ocurrió en María, corresponderá también 
una anticipada resurrección. Por ello, primicias de la redención de Cristo en el 
alma de María fueron su preservación del pecado y la plenitud de gracia, y 
primicias, de la redención en su cuerpo fueron su incorruptibilidad y su 
anticipada glorificación.
b) Por su divina Maternidad
Si Adán y Eva introdujeron en el mundo la muerte del alma, que es el pecado 
y, con él también la muerte del cuerpo, que es la corrupción; Cristo, por el 
contrario, introduce la vida del alma ?que es la gracia?, y la inmortalidad del 
cuerpo por medio de la resurrección. Por estas dos consideraciones, María que es 
Madre de Cristo y Madre de los hombres, es lógico que la que es causa de vida y 
antídoto contra la muerte, Ella, no permanezca en el sepulcro presa de la misma 
muerte.
Así pues, dado que nuestro Redentor es hijo de María, su glorificación 
anticipada parece ser exigida: Cristo que pu diendo dar a su Madre tanto honor y 
tanta gloria, necesariamente lo hizo.
“No era tampoco admisible que Tú, Vaso que contuvo a Dios, fueses disuelta 
en el polvo de la corrupción, que destruye todos los cuerpos… Era necesario que 
la Madre de la Vida cohabitase con la Vida y recibiese la muerte como un sueño 
y, en tanto que Madre de la Vida, fuese su traslado como el despertar” (San 
Germán de Constantinopla, Homilia in Dormitionem B.V. Mariae).
c) Por su perpetua virginidad
Finalmente la virginidad perpetua de María, nos conduce a la conveniencia 
de su incorruptibilidad. Cuando pensamos en el cuerpo santísimo de María, tan 
divinamente poseído de Dios, no se concibe que sea presa de la corrupción; por 
ello puede afirmarse que su misma virginidad exige los esplendores de la 
glorificación corporal.
CONSECUENCIAS PARA LA FE Y LA PIEDAD
a) La Asunción de la Virgen es un argumento prueba de que todos los 
hombres, de los que Ella es Madre, estaremos también en el Cielo con nuestro 
cuerpo glorificado: si aprendemos a gastar la vida en el cumplimiento de la 
voluntad de Dios como lo hizo Santa María.
b) María es nuestra esperanza, pues en Ella se ha dado con plenitud lo que 
todo hombre está llamado a ser al final de los tiempos. María es nuestro 
consuelo, ya que podemos dirigirnos a aquella que antes de nosotros recorrió 
este valle de lágrimas y ahora fija sus ojos en la luz eterna. María es nuestro 
refugio porque con su ternura nos devuelve la paz y, por su poderosa intercesión 
nos sabemos amparados. Glorificada anticipadamente, vive en el Cielo con una 
solicitud maternal y amorosa por todos sus hijos.
“Subió al cielo nuestra Abogada, para que, como Madre del Juez y Madre de 
Misericordia, tratara los negocios de nuestra salvación” (San Bernardo, Hom. en 
la Asunción de la B.V. María).
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Juan Gustavo Ruiz Ruiz - encuentra.com

Gálatas 1:8 si aun nosotros o un ángel del cielo os anunciara otro evangelio contrario al que hemos anunciado sea anatema (maldito) ¡¡¡CUÁNTA IDOLATRÍA Y BLASFEMIA AY POR AQUI!!!
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